A- de 2024
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Anyelin Yuliana Rivera Chaguendo·Demandado Registraduria Nacional Del Estado Civil
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Equivocada interpretación e inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia presentado entre el Juzgado Promiscuo Municipal de Toribio (Cauca) y el Tribunal Administrativo del Cauca.
Encontró la Corte que en este caso sólo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que el primer despacho se apartó del asunto con base en reglas de reparto.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente al Juzgado Promiscuo Municipal de Toribio para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Se le hizo una advertencia a esta autoridad para que, en lo sucesivo, se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 29 de enero de 2024, proferido por el Juzgado Promiscuo Municipal de Toribio, dentro del trámite de la acción de tutela de la referencia.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-4604 al Juzgado Promiscuo Municipal de Toribio - Cauca, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado Promiscuo Municipal de Toribio - Cauca que, en lo sucesivo, se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
- Cuarto. Por la Secretaría General de esta Corporación, COMUNICARLE la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante, al Juzgado Promiscuo Municipal de Toribio - Cauca y al Tribunal Administrativo del Cauca.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.